Acreditación de Tutores o Tutoras y Centros de Salud

  •     Si deseas ser Tutor o Tutora de residentes de MFyC/EFyC, o ya te toca solicitar la reacreditación (cada 4 años en los tutores MIR y cada 2 en los tutores EIR)


  • Si deseas ser Colaborador Docente (guardias PAC, Medicina Rural, Salud Mental, Pediatría o USSyR) y/o queréis acreditar vuestro Centro de Salud... 


Descárgate aquí los impresos y remítenoslos por correo electrónico, fax o correo postal.

Se ruega cumplimentar con letra clara y a ser posible con ordenador.
Si no encuentras el documento que necesitas, pídenoslo a udalicante@gva.es

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Para acreditarse o RE acreditarse como TUTOR O TUTORA se requiere:

1.    Solicitud de acreditación como Tutor o Tutora 

-       Formulario Medicina 

Imprescindible aportar con las firmas originales del candidato a Tutor, Jefe de zona/coordinador y Responsable Docente en la primera solicitud

Instrucciones para la elaboración del Proyecto Docente (imprescindible para acreditación y reacreditación de Tutores. Incluye ejemplo)

2.    Copia del título de especialista en MFyC*** (Para EFYC no es aplicable)
3.    Copias de los méritos aportados en el formulario de acreditación.
4.     Copia del DNI (al menos el anverso con la foto distinguible)


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Para acreditarse como COLABORADOR DOCENTE se requiere:


Firmado por Jefe de Zona/Coordinación CS o Responsable Docente además de la del/de la solicitante. Ambos avalan con su firma la capacidad docente y titulación del solicitante)

2.    Copia del DNI (al menos el anverso con la foto distinguible)


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3.- Para acreditar vuestro CENTRO DE SALUD para la docencia especializada (Medicina Familiar y Comunitaria o Enfermería Familiar y Comunitaria) necesitamos la documentación cumplimentada que requiere el Ministerio de Sanidad.




Puedes ponerte en contacto con la Unidad Docente de las siguientes formas:
Correo electrónico: udalicante@gva.es
C/ Isla de Cuba 39   03009  Alicante
Tfnos. 965 937289-90-82       Ibercom 937289-937290-937282           Fax: 965937287





Normativa aplicable:
Tutores de MFyC:
Orden SCO/1198/2005, de 3 de marzo, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria.
13.1.3. ACREDITACIÓN Y REACREDITACIÓN DE TUTORES.
Las Comisiones de Docencia de la UDM preverán, en el marco del Plan Evaluativo Global de la Unidad Docente que se cita en el apartado 14.1, procedimientos de acreditación y reacreditación de Tutores y Tutoras con vistas a definir su perfil básico y el mantenimiento de su competencia a cuyos efectos se tendrán en cuenta, entre otros, los siguientes criterios:
- Realización de un PROYECTO DOCENTE (metodología de la evaluación, tutorización …) que será evaluado por la Comisión Asesora.
- Experiencia profesional mínima de un año como médico de familia en el correspondiente centro de salud.
- Realización de actividades de formación continuada especialmente las relacionadas con la capacitación docente y con los contenidos del programa formativo.
- Realización de actividades de investigación y de participación en actividades de mejora de la calidad.

Nota: hasta que concluya el proceso de homologación del título de especialista en Medicina Familiar y Comunitaria regulado por el Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio, podrán ser tutores, aun cuando no sean especialistas, los licenciados en Medicina con anterioridad al 1 de enero de 1995 siempre que acrediten el perfil profesional descrito en el apartado 2.2 del programa oficial de la especialidad, ejercicio profesional continuado y experiencia docente en el ámbito de la atención primaria de salud.


Tutores de EFyC:
Disposición adicional primera del Real Decreto 183/2008, establece los supuestos especiales para el nombramiento de tutores de las especialidades de nueva creación. Se entenderá, por tanto, que de acuerdo a esta previsión y de forma transitoria, dado el carácter de excepcionalidad de este procedimiento de acreditación, los criterios exigidos para el nombramiento de tutores (artículo 11.5 del citado RD), serán sustituidos por situación de servicio activo y experiencia acreditada en el ámbito profesional de la Enfermería Familiar y Comunitaria de, al menos, 5 años, así como haber participado, al menos, en un proyecto de investigación y/o comunicación científica en los últimos 5 años.


Colaboradores docentes:
13.3.1. EL COLABORADOR DOCENTE.
La figura del colaborador docente, se inscribe en el marco de lo previsto en los artículos 104 de la Ley 14/1986, General de Sanidad y 22 de la Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias que prevén la disponibilidad de todas las estructuras del sistema sanitario para ser utilizadas en la docencia pregraduada, especializada y continuada de profesionales.
En este contexto, los colaboradores docentes son todos aquellos especialistas y profesionales que, sin ser Tutores de residentes de Medicina Familiar y Comunitaria, desarrollan sus funciones docentes en los distintos dispositivos que forman parte de la unidad docente, siendo los responsables de la formación de los residentes en Medicina Familiar y Comunitaria durante sus estancias formativas en los mismos. También tendrán la consideración de colaboradores docentes, aquellos profesionales que trabajan en Atención Primaria y no son médicos de familia (pediatras, enfermeros, fisioterapeutas, matronas...) siempre que contribuyan en la formación de residentes.

Centros de salud
PARA  DISPOSITIVOS DOCENTES ASOCIADOS. Acreditación Inicial (se incorpora a una unidad docente previamente acreditada de cualquier especialidad, incluidas las Unidades Docentes Multiprofesionales) 
-Formulario general de acreditación, acompañado de la siguiente documentación:  
1.  Informe de la CCAA 
2.  Informe de la Entidad Titular de la unidad docente acreditada 
3.  Acta de  la Comisión de Docencia de  la Unidad Docente Acreditada en  la que  se aprueba la incorporación del dispositivo asociado 
4.  Informe favorable de la Entidad Titular del dispositivo. Si el dispositivo pertenece a un centro sanitario acreditado para la formación sanitaria especializada, informe favorable de la Comisión de Docencia del mismo. 
5.  Acuerdo/Concierto docente suscrito por  las Entidades Titulares de la Unidad Docente Acreditada y del Dispositivo Asociado. Si el Dispositivo que se pretende asociar está ubicado en una CCAA distinta a la de la Unidad Docente Acreditada, se requerirá también informe favorable de Organismo competente en materia de  formación de la CCAA a la que pertenece este dispositivo. 
6.  Formulario específico de Dispositivo docente asociado,  en las Unidades Docentes Multiprofesionales se incluirá además la Tabla resumen correspondiente de la UDM.